Responsables de delitos en articulos 231-235 recibiran destitucion y inhabilitacion por tiempo igual al de la pena privativa de libertad, maximo diez anos.
A los responsables de los delitos expresados en los cinco artículos precedentes, a quienes deba imponerse la destitución como consecuencia de la pena privativa de libertad que les corresponda, se les fijará para la inhabilitación otro tiempo igual al que deba durar la pena privativa de libertad. Artículo reformado DOF 13-06-2014
CÓDIGO DE JUSTICIA MILITAR CÁMARA DE DIPUTADOS DEL H. CONGRESO DE LA UNIÓN Última Reforma DOF 16-07-2025 Secretaría General Secretaría de Servicios Parlamentarios
Interpretación práctica por el equipo de SDV
La inhabilitacion duplica el impacto de la sentencia: cumple prision Y queda inhabilitado el mismo tiempo. Clave en carrera militar del delincuente. Articulo reformado 13-06-2014 introduce limite de diez anos.
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