Personal en fuero de guerra que intencionalmente consigne hechos falsos o altere textos de actuaciones procesales recibira tres anos de prision.
Se impondrá la pena de tres años de prisión, a quien, prestando sus servicios en el fuero de guerra, intencionalmente consigne o haga consignar, en las investigaciones o en los procesos, hechos falsos, o que altere el texto de las actuaciones. Artículo reformado DOF 16-07-2025
Interpretación práctica por el equipo de SDV
Delito especifico contra la integridad procesal militar. Diferente de falsificacion documental pues se enfoca en hechos consignados en investigaciones y procesos. Fundamental en auditorias de integridad de procedimientos disciplinarios.
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