CJM

Artículo 208. Delitos contra derecho de gentes

Castiga con treinta a sesenta anos (o ocho anos si no hay declaracion de guerra) actos de hostilidad contra naciones extranjeras, violacion de tregua o armisticio, y prolongacion de hostilidades tras aviso de paz.

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Texto Legal

Se impondrá pena de treinta a sesenta años de prisión, a quien sin motivo justificado: Párrafo reformado DOF 29-06-2005, 16-07-2025

I.- Ejecute actos de hostilidad contra fuerzas, barcos, aeronaves, personas o bienes de una nación extranjera, si por su actitud sobreviniese una declaración de guerra o se produjesen violencias o represalias;

II.- Viole tregua, armisticio, capitulación u otro convenio celebrado con el enemigo, si por su conducta se reanudaran las hostilidades. Párrafo reformado DOF 16-07-2025

En los casos previstos en las fracciones anteriores, si no hubiese declaración de guerra o reanudación de hostilidades, la pena será de ocho años de prisión, y

III.- Prolongue las hostilidades o un bloqueo después de haber recibido el aviso oficial de la paz. Fracción reformada DOF 16-07-2025

En los casos previstos en las fracciones I y II, si no hubiese declaración de guerra o reanudación de hostilidades, la pena será de ocho años de prisión. CÓDIGO DE JUSTICIA MILITAR CÁMARA DE DIPUTADOS DEL H. CONGRESO DE LA UNIÓN Última Reforma DOF 16-07-2025 Secretaría General Secretaría de Servicios Parlamentarios

Párrafo adicionado DOF 16-07-2025

Análisis SDV Asesores

Interpretación práctica por el equipo de SDV

Articulo fundamental para criminalizar violaciones del derecho internacional humanitario. La pena varia significativamente segun si resulta declaracion de guerra (30-60) o no (8 anos). La 'falta de motivo justificado' es elemento clave de defensa.

Preguntas Frecuentes

¿Qué establece el Artículo 208 del CJM?

Castiga con treinta a sesenta anos (o ocho anos si no hay declaracion de guerra) actos de hostilidad contra naciones extranjeras, violacion de tregua o armisticio, y prolongacion de hostilidades tras aviso de paz.

¿Cuál es la importancia práctica del Artículo 208 de la CÓDIGO de Justicia Militar?

Articulo fundamental para criminalizar violaciones del derecho internacional humanitario. La pena varia significativamente segun si resulta declaracion de guerra (30-60) o no (8 anos). La 'falta de motivo justificado' es elemento clave de defensa.

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