Los plazos de prescripcion son continuos y se cuentan desde el dia en que se comete el delito instantaneo, o desde que cesa si es delito continuo.
Los términos para la prescripción de la acción penal, serán continuos y se contarán desde el día en que se cometió el delito, si fuere instantáneo y desde que cesó, si fuere continuo.
Interpretación práctica por el equipo de SDV
La distincion entre delito instantaneo y continuo es crucial para calcular prescripcion. Delitos continuos (como incapacidad abusiva) pueden no prescribirse hasta meses o anos despues de lo que parece ser la fecha del hecho.
Anterior
Art. 188. Naturaleza personal de prescripcion
Siguiente
Art. 190. Plazos de prescripcion de acciones penales
Nuestros especialistas pueden analizar cómo aplica esta disposición a tu situación particular.
Consulta Sin Costo