La accion penal se extingue por: muerte del acusado, amnistia, prescripcion o resolucion judicial irrevocable. Estos son los cuatro supuestos exhaustivos reconocidos en el Codigo.
La acción penal se extingue:
I.- Por muerte del acusado;
II.- por amnistía;
III.- por prescripción, y
IV.- por resolución judicial irrevocable.
Interpretación práctica por el equipo de SDV
Este articulo es una disposicion fundamental que debe consultarse en toda estrategia defensiva. Cualquier sentencia debe analizar si alguna de estas cuatro causas se ha actualizado antes de proceder a ejecucion de pena.
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