CJM

Artículo 166. Pena para encubridores de delitos

Los encubridores de delitos reciben una pena equivalente a la tercera parte de la que corresponde a los autores del delito encubierto.

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Texto Legal

A los encubridores se les impondrá la tercia parte de la pena que se les aplicaría si ellos fueran autores del delito.

Análisis SDV Asesores

Interpretación práctica por el equipo de SDV

El encubrimiento recibe menor castigo que la complicidad, reflejando menor participacion en el delito principal. Esta graduacion es importante para diferenciar estrategicamente entre acusaciones en pleitos militares.

Preguntas Frecuentes

¿Qué establece el Artículo 166 del CJM?

Los encubridores de delitos reciben una pena equivalente a la tercera parte de la que corresponde a los autores del delito encubierto.

¿Cuál es la importancia práctica del Artículo 166 de la CÓDIGO de Justicia Militar?

El encubrimiento recibe menor castigo que la complicidad, reflejando menor participacion en el delito principal. Esta graduacion es importante para diferenciar estrategicamente entre acusaciones en pleitos militares.

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