Cuando pena es inaplicable por incompatibilidad con circunstancias personales del condenado o indivisible, se sustituye con pena proporcional de prision calculada en mitad de duracion.
Siempre que a determinado responsable de un delito se hubiere de imponer una pena que le resulte inaplicable por ser incompatible alguna de las circunstancias de ella con las personales de la persona sentenciada o se hubiere de imponer una parte proporcional de alguna pena indivisible, se observará lo siguiente: Párrafo reformado DOF 29-06-2005, 13-06-2014, 16-07-2025
I. (Se deroga). Fracción derogada DOF 29-06-2005
II.- Si la pena fuere la de suspensión de empleo o comisión o la de destitución de empleo, se aplicará proporcionalmente la de prisión, computada conforme a la mitad de la duración que hubieren debido tener la suspensión o la inhabilitación para volver a pertenecer a la Fuerza Armada Permanente. CÓDIGO DE JUSTICIA MILITAR CÁMARA DE DIPUTADOS DEL H. CONGRESO DE LA UNIÓN Última Reforma DOF 16-07-2025 Secretaría General Secretaría de Servicios Parlamentarios
Fracción reformada DOF 16-07-2025
Interpretación práctica por el equipo de SDV
Protege derechos militares cuando pena de suspension o destitución es imposible aplicar. Conversion a prision requiere calculo preciso: tomar mitad de duracion de suspension/inhabilitación que corresponderia.
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