CJM

Artículo 133. Deberes de sentenciados a suspension

Los sentenciados a suspension de empleo o comision mantienen sus deberes como militares durante el tiempo de suspension, siempre que sean compatibles con los efectos de la pena.

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Texto Legal

Quienes sean sentenciados a la suspensión de empleo o comisión, no quedarán exentos durante el tiempo de ella de los deberes correspondientes a su carácter de militares, que fueren compatibles con los efectos de esa misma pena. Artículo reformado DOF 16-07-2025

Análisis SDV Asesores

Interpretación práctica por el equipo de SDV

Reforma 2025 refuerza responsabilidad del militar suspendido. Importante para determinar alcance de obligaciones y posibles sanciones disciplinarias adicionales durante periodo de suspension.

Preguntas Frecuentes

¿Qué establece el Artículo 133 del CJM?

Los sentenciados a suspension de empleo o comision mantienen sus deberes como militares durante el tiempo de suspension, siempre que sean compatibles con los efectos de la pena.

¿Cuál es la importancia práctica del Artículo 133 de la CÓDIGO de Justicia Militar?

Reforma 2025 refuerza responsabilidad del militar suspendido. Importante para determinar alcance de obligaciones y posibles sanciones disciplinarias adicionales durante periodo de suspension.

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