CJM

Artículo 118. Encubridores de tercera clase

Este articulo define a los encubridores de tercera clase, quienes, a pesar de tener el deber de impedir delitos, favorecen a los delincuentes. Se especifican las acciones que constituyen este encubrimiento y las implicaciones legales correspondientes.

encubrimientodelitosresponsabilidad

Texto Legal

Son encubridores de tercera clase: Quienes teniendo por su empleo o comisión el deber de impedir o sancionar un delito, favorecen a los delincuentes sin previo acuerdo con ellos, ejecutando alguno de los hechos enumerados en las fracciones I y II del artículo 116 u ocultando a los culpables. Artículo reformado DOF 16-07-2025

CAPITULO VIII Circunstancias excluyentes de responsabilidad

Análisis SDV Asesores

Interpretación práctica por el equipo de SDV

Es crucial que los abogados comprendan las implicaciones de este articulo en el contexto de la defensa de sus clientes. La identificación de un encubrimiento puede tener graves consecuencias legales, por lo que es importante evaluar las circunstancias de cada caso.

Preguntas Frecuentes

¿Qué establece el Artículo 118 del CJM?

Este articulo define a los encubridores de tercera clase, quienes, a pesar de tener el deber de impedir delitos, favorecen a los delincuentes. Se especifican las acciones que constituyen este encubrimiento y las implicaciones legales correspondientes.

¿Cuál es la importancia práctica del Artículo 118 de la CÓDIGO de Justicia Militar?

Es crucial que los abogados comprendan las implicaciones de este articulo en el contexto de la defensa de sus clientes. La identificación de un encubrimiento puede tener graves consecuencias legales, por lo que es importante evaluar las circunstancias de cada caso.

¿Necesitas asesoría sobre el Art. 118 del CJM?

Nuestros especialistas pueden analizar cómo aplica esta disposición a tu situación particular.

Consulta Sin Costo
SDV

SDV

Consulta el Art. 118 CJM desde tu celular