Ninguna persona puede ser sometida a restriccion alguna en el ejercicio de sus derechos sino por determinacion judicial. La ley reconoce capacidad igual a todas las personas.
Articulo 3. Las leyes, los reglamentos, circulares o cualesquiera otras disposiciones de observancia general, obligan y surten sus efectos tres dias despues de su publicacion en el Periodico Oficial.
En los lugares distintos del en que se publique el Periodico Oficial, para que las leyes, reglamentos, etc., se reputen publicados y sean obligatorios, se necesita que ademas del plazo que fija el parrafo anterior, transcurra un dia mas por cada cuarenta kilometros de distancia o fraccion que exceda de la mitad.
Este articulo establece las reglas de vigencia temporal de las normas juridicas, determinando cuando una ley entra en vigor y se vuelve obligatoria para los particulares.
Para las empresas, conocer la fecha de entrada en vigor de nuevas disposiciones es fundamental para el cumplimiento oportuno de obligaciones legales, fiscales y regulatorias.
Interpretación práctica por el equipo de SDV
Para SDV Asesores, conocer las reglas de vigencia de las normas es esencial para el cumplimiento oportuno de obligaciones empresariales. Los plazos de entrada en vigor determinan cuando una nueva regulacion se vuelve obligatoria, lo cual permite a las empresas preparar su implementacion. En la asesoria corporativa, se recomienda monitorear el Diario Oficial de la Federacion para anticipar cambios regulatorios que afecten las operaciones del negocio.
Anterior
Art. 2. Capacidad juridica de las personas fisicas
Siguiente
Art. 4. Irrenunciabilidad de la capacidad juridica
Nuestros especialistas pueden analizar cómo aplica esta disposición a tu situación particular.
Consulta Sin Costo