CCF

Artículo 2. Capacidad juridica de las personas fisicas

La capacidad juridica de las personas fisicas se adquiere por el nacimiento y se pierde por la muerte. Establece el momento en que una persona es sujeto de derechos y obligaciones.

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Texto Legal

Articulo 2. La capacidad juridica de las personas fisicas se adquiere por el nacimiento y se pierde por la muerte; pero desde el momento en que un individuo es concebido, entra bajo la proteccion de la ley y se le tiene por nacido para los efectos declarados en el presente Codigo.

Este articulo establece el principio fundamental de que toda persona fisica tiene capacidad juridica desde su nacimiento. Es la base del reconocimiento legal de la personalidad.

La proteccion que se otorga al concebido es relevante para efectos sucesorios, pues el nasciturus puede ser heredero o legatario siempre que nazca vivo y viable.

En el ambito empresarial, la capacidad juridica es el presupuesto para que una persona pueda celebrar contratos, adquirir bienes, constituir sociedades y realizar cualquier acto juridico valido en el trafico comercial.

Análisis SDV Asesores

Interpretación práctica por el equipo de SDV

SDV Asesores destaca que la capacidad juridica adquirida por nacimiento es la base para que toda persona pueda celebrar contratos y participar en actos juridicos. La proteccion al concebido es relevante en materia sucesoria, pues permite que el nasciturus sea designado heredero o legatario, lo cual impacta la planeacion patrimonial de empresas familiares. Es fundamental verificar la capacidad juridica de las contrapartes antes de formalizar cualquier operacion civil o mercantil.

Preguntas Frecuentes

¿Qué establece el Artículo 2 del CCF?

La capacidad juridica de las personas fisicas se adquiere por el nacimiento y se pierde por la muerte. Establece el momento en que una persona es sujeto de derechos y obligaciones.

¿Cuál es la importancia práctica del Artículo 2 de la Codigo Civil?

SDV Asesores destaca que la capacidad juridica adquirida por nacimiento es la base para que toda persona pueda celebrar contratos y participar en actos juridicos. La proteccion al concebido es relevante en materia sucesoria, pues permite que el nasciturus sea designado heredero o legatario, lo cual impacta la planeacion patrimonial de empresas familiares. Es fundamental verificar la capacidad juridica de las contrapartes antes de formalizar cualquier operacion civil o mercantil.

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