CCF

Artículo 1924. Responsabilidad solidaria

Cuando sean varias las personas que intervengan en la produccion del dano, seran responsables solidariamente.

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Texto Legal

Articulo 1924. Cuando sean varias las personas que intervengan en la produccion del dano, seran responsables solidariamente.

Esta disposicion forma parte del regimen de responsabilidad civil extracontractual del Codigo Civil Federal, que establece la obligacion de reparar el dano causado a otro por actos ilicitos o actividades riesgosas.

La responsabilidad civil extracontractual es un tema de gran relevancia para las empresas, pues puede generar la obligacion de indemnizar a terceros por danos causados en el ejercicio de la actividad empresarial, ya sea por actos de sus empleados, por productos defectuosos o por actividades peligrosas.

SDV Asesores recomienda a las empresas implementar programas de gestion de riesgos, polizas de seguros de responsabilidad civil y protocolos de cumplimiento normativo para mitigar la exposicion a este tipo de responsabilidad.

Análisis SDV Asesores

Interpretación práctica por el equipo de SDV

Para SDV Asesores, la responsabilidad civil por danos causados por menores e incapaces recae sobre quienes ejercen la patria potestad o tutela. En el contexto empresarial, esta regla es relevante para establecimientos que atienden menores o personas vulnerables. Las empresas del sector educativo, recreativo y de salud deben implementar medidas especiales de seguridad y supervision para prevenir danos que generen responsabilidad civil.

Preguntas Frecuentes

¿Qué establece el Artículo 1924 del CCF?

Cuando sean varias las personas que intervengan en la produccion del dano, seran responsables solidariamente.

¿Cuál es la importancia práctica del Artículo 1924 de la Codigo Civil?

Para SDV Asesores, la responsabilidad civil por danos causados por menores e incapaces recae sobre quienes ejercen la patria potestad o tutela. En el contexto empresarial, esta regla es relevante para establecimientos que atienden menores o personas vulnerables. Las empresas del sector educativo, recreativo y de salud deben implementar medidas especiales de seguridad y supervision para prevenir danos que generen responsabilidad civil.

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