El propietario de un edificio es responsable de los danos que resulten de la ruina de todo o parte de el, si esta sobreviene por falta de reparaciones necesarias.
Articulo 1923. El propietario de un edificio es responsable de los danos que resulten de la ruina de todo o parte de el, si esta sobreviene por falta de reparaciones necesarias.
Esta disposicion forma parte del regimen de responsabilidad civil extracontractual del Codigo Civil Federal, que establece la obligacion de reparar el dano causado a otro por actos ilicitos o actividades riesgosas.
La responsabilidad civil extracontractual es un tema de gran relevancia para las empresas, pues puede generar la obligacion de indemnizar a terceros por danos causados en el ejercicio de la actividad empresarial, ya sea por actos de sus empleados, por productos defectuosos o por actividades peligrosas.
SDV Asesores recomienda a las empresas implementar programas de gestion de riesgos, polizas de seguros de responsabilidad civil y protocolos de cumplimiento normativo para mitigar la exposicion a este tipo de responsabilidad.
Interpretación práctica por el equipo de SDV
SDV Asesores destaca que la prescripcion de la accion de responsabilidad civil tiene plazos especificos que las empresas deben conocer para ejercer o defenderse de reclamaciones. Los plazos cortos de prescripcion pueden beneficiar a la empresa demandada si la victima no actua oportunamente. Simultaneamente, las empresas que sufran danos deben actuar rapidamente para no perder su derecho a reclamar indemnizacion.
Nuestros especialistas pueden analizar cómo aplica esta disposición a tu situación particular.
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