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Artículo 89. Solicitud de Documentos por Comisiones

Las Comisiones pueden solicitar documentos a archivos y oficinas de la Nacion para el despacho de negocios, garantizando el acceso a la informacion necesaria. Esto es vital para la transparencia en el proceso legislativo.

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Texto Legal

Las Comisiones, por medio de su presidente, podrán pedir a cualesquiera archivos y oficinas de la Nación, todas las instrucciones y copias de documentos que estimen convenientes para el despacho de los negocios, y estas constancias les serán proporcionadas, siempre que el asunto a que se refieran no sea de los que deban conservarse en secreto; en la inteligencia de que la lenidad o negativa a proporcionar dichas copias en plazos pertinentes, autorizará a las mencionadas Comisiones para dirigirse oficialmente en queja al C. Presidente de la República.

Análisis SDV Asesores

Interpretación práctica por el equipo de SDV

[IA] El acceso a documentos es fundamental para el trabajo de las Comisiones, y los abogados deben estar atentos a las solicitudes y respuestas para asegurar la transparencia.

Preguntas Frecuentes

¿Qué establece el Artículo 89 del 219?

Las Comisiones pueden solicitar documentos a archivos y oficinas de la Nacion para el despacho de negocios, garantizando el acceso a la informacion necesaria. Esto es vital para la transparencia en el proceso legislativo.

¿Cuál es la importancia práctica del Artículo 89 de la REGLAMENTO para el Gobierno Interior del Congreso?

[IA] El acceso a documentos es fundamental para el trabajo de las Comisiones, y los abogados deben estar atentos a las solicitudes y respuestas para asegurar la transparencia.

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