Los Presidentes y Secretarios de las Camaras no pueden pertenecer a ninguna Comision durante su mandato. Esta regla busca evitar conflictos de interes y asegurar la independencia de las Comisiones.
El Presidente y los Secretarios de las Cámaras, no podrán pertenecer a ninguna Comisión durante el tiempo de sus encargos. Artículo reformado DOF 16-10-1937, 01-11-1937, 27-01-1940
REGLAMENTO PARA EL GOBIERNO INTERIOR DEL CONGRESO GENERAL DE LOS ESTADOS UNIDOS MEXICANOS CÁMARA DE DIPUTADOS DEL H. CONGRESO DE LA UNIÓN Última Reforma DOF 24-12-2010 Secretaría General Secretaría de Servicios Parlamentarios
Interpretación práctica por el equipo de SDV
[IA] La incompatibilidad es fundamental para mantener la integridad del proceso legislativo, y es importante que los abogados informen a sus clientes sobre estas restricciones.
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