La Secretaría publicará en el 'Diario Oficial' los nombres de los miembros que falten a las sesiones por diez días consecutivos sin justificación. Esta medida busca fomentar la responsabilidad en la asistencia.
Cuando un miembro de la Cámara deje de asistir a las sesiones durante diez días consecutivos sin causa justificada, la Secretaría hará que se publique el nombre del faltista en el “Diario Oficial” y esta publicación seguirá haciéndose mientras continuare la falta. Artículo derogado DOF 16-10-1937. Adicionado DOF 01-11-1937
Interpretación práctica por el equipo de SDV
[IA] La visibilidad de las faltas puede afectar la reputación de los legisladores, por lo que es recomendable que mantengan una asistencia regular y justificada.
Nuestros especialistas pueden analizar cómo aplica esta disposición a tu situación particular.
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