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Artículo 49. Licencias con goce de dietas

No se concederán licencias con goce de dietas por más de dos meses, salvo en casos de enfermedad comprobada. Esta disposición busca regular el uso de recursos públicos.

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Texto Legal

No podrán conceder licencias con goce de dietas por más de dos meses, salvo el caso de enfermedad comprobada.

Análisis SDV Asesores

Interpretación práctica por el equipo de SDV

[IA] Los legisladores deben estar conscientes de las implicaciones financieras de sus ausencias y la necesidad de justificar las mismas para evitar problemas con el manejo de recursos.

Preguntas Frecuentes

¿Qué establece el Artículo 49 del 219?

No se concederán licencias con goce de dietas por más de dos meses, salvo en casos de enfermedad comprobada. Esta disposición busca regular el uso de recursos públicos.

¿Cuál es la importancia práctica del Artículo 49 de la REGLAMENTO para el Gobierno Interior del Congreso?

[IA] Los legisladores deben estar conscientes de las implicaciones financieras de sus ausencias y la necesidad de justificar las mismas para evitar problemas con el manejo de recursos.

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