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Artículo 22. Reemplazo del Presidente

Si el Presidente no cumple con el Reglamento, puede ser reemplazado por el Vicepresidente tras una moción y votación. Esto asegura la responsabilidad en el liderazgo.

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Texto Legal

Cuando el Presidente no observase las prescripciones de este Reglamento, podrá ser reemplazado por el Vicepresidente o por el que hiciere sus veces; pero para esto se requiere que alguno de los miembros de la Cámara presente moción, que se adhieran a ella por lo menos dos de los miembros presentes, y que ésta, después de sometida a discusión, en que podrán hacer uso de la palabra hasta dos individuos en pro y dos en contra, sea aprobada en votación nominal.

De los Secretarios y Prosecretarios REGLAMENTO PARA EL GOBIERNO INTERIOR DEL CONGRESO GENERAL DE LOS ESTADOS UNIDOS MEXICANOS CÁMARA DE DIPUTADOS DEL H. CONGRESO DE LA UNIÓN Última Reforma DOF 24-12-2010 Secretaría General Secretaría de Servicios Parlamentarios

Análisis SDV Asesores

Interpretación práctica por el equipo de SDV

[IA] Los legisladores deben ser conscientes de este mecanismo para poder actuar en caso de incumplimiento de las normas establecidas.

Preguntas Frecuentes

¿Qué establece el Artículo 22 del 219?

Si el Presidente no cumple con el Reglamento, puede ser reemplazado por el Vicepresidente tras una moción y votación. Esto asegura la responsabilidad en el liderazgo.

¿Cuál es la importancia práctica del Artículo 22 de la REGLAMENTO para el Gobierno Interior del Congreso?

[IA] Los legisladores deben ser conscientes de este mecanismo para poder actuar en caso de incumplimiento de las normas establecidas.

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