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Artículo 205. Galerias para el publico

Se establece un espacio en cada Camara destinado al publico que desee presenciar las sesiones, garantizando la transparencia del proceso legislativo.

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Texto Legal

Habrá en cada Cámara un lugar con este nombre, destinado al público que concurra a presenciar las sesiones; se abrirá antes de comenzar cada una de ellas, y no se cerrarán sino cuando las sesiones se levanten a no ser que haya necesidad, por algún desorden o por cualquier otro motivo, de deliberar sin presencia del público, en cuyo caso permanecerán cerradas.

Análisis SDV Asesores

Interpretación práctica por el equipo de SDV

[IA] La apertura de las galerias es un aspecto importante para la transparencia, y los contadores deben considerar el impacto de la asistencia del publico en las sesiones.

Preguntas Frecuentes

¿Qué establece el Artículo 205 del 219?

Se establece un espacio en cada Camara destinado al publico que desee presenciar las sesiones, garantizando la transparencia del proceso legislativo.

¿Cuál es la importancia práctica del Artículo 205 de la REGLAMENTO para el Gobierno Interior del Congreso?

[IA] La apertura de las galerias es un aspecto importante para la transparencia, y los contadores deben considerar el impacto de la asistencia del publico en las sesiones.

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