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Artículo 176. Facultades de la Comision Permanente

Las facultades y atribuciones de la Comision Permanente están definidas por varios articulos de la Constitución. Este articulo es fundamental para entender el alcance de sus poderes.

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Texto Legal

Las facultades y atribuciones de la Comisión Permanente son las que le confieren y señalan los artículos 29, 37 en los incisos II, III y IV de su fracción B, 79, 84, 85, 87, 88, 98, 99, 100 y 135; base 4a. fracción VI del 73; fracción V del 76 y párrafo penúltimo del 97 de la Constitución Federal. Artículo reformado DOF 21-10-1966. Aclaración DOF 22-10-1966

Análisis SDV Asesores

Interpretación práctica por el equipo de SDV

[IA] Conocer las facultades de la Comision Permanente es esencial para cualquier abogado que trabaje en el ámbito legislativo. Esto permite una mejor asesoría sobre los límites y alcances de sus decisiones.

Preguntas Frecuentes

¿Qué establece el Artículo 176 del 219?

Las facultades y atribuciones de la Comision Permanente están definidas por varios articulos de la Constitución. Este articulo es fundamental para entender el alcance de sus poderes.

¿Cuál es la importancia práctica del Artículo 176 de la REGLAMENTO para el Gobierno Interior del Congreso?

[IA] Conocer las facultades de la Comision Permanente es esencial para cualquier abogado que trabaje en el ámbito legislativo. Esto permite una mejor asesoría sobre los límites y alcances de sus decisiones.

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