Las facultades y atribuciones de la Comision Permanente están definidas por varios articulos de la Constitución. Este articulo es fundamental para entender el alcance de sus poderes.
Las facultades y atribuciones de la Comisión Permanente son las que le confieren y señalan los artículos 29, 37 en los incisos II, III y IV de su fracción B, 79, 84, 85, 87, 88, 98, 99, 100 y 135; base 4a. fracción VI del 73; fracción V del 76 y párrafo penúltimo del 97 de la Constitución Federal. Artículo reformado DOF 21-10-1966. Aclaración DOF 22-10-1966
Interpretación práctica por el equipo de SDV
[IA] Conocer las facultades de la Comision Permanente es esencial para cualquier abogado que trabaje en el ámbito legislativo. Esto permite una mejor asesoría sobre los límites y alcances de sus decisiones.
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