Regula la forma en que los patrones pueden designar representantes legales para actuar ante el Instituto, asi como los requisitos que deben cumplir los documentos de representacion.
Los patrones y demas sujetos obligados podran actuar ante el Instituto por si mismos o a traves de representante legal.
La representacion se acreditara mediante:
- Poder notarial en terminos de la legislacion aplicable
- Carta poder firmada ante dos testigos y ratificada ante las autoridades del Instituto, para tramites especificos
- Designacion ante el propio Instituto en los formatos establecidos
El representante legal podra realizar todos los actos juridicos y administrativos ante el Instituto, incluyendo la presentacion de movimientos afiliatorios, pago de cuotas, interposicion de recursos y comparecencia en visitas de verificacion.
La designacion de representante no libera al patron de las obligaciones y responsabilidades que le imponen la Ley y este Reglamento.
Interpretación práctica por el equipo de SDV
SDV Asesores: La designacion de un representante legal ante el IMSS es particularmente importante para empresas con multiples centros de trabajo o para patrones personas fisicas que no pueden atender personalmente los tramites. Sin embargo, debe tenerse claro que la responsabilidad por el cumplimiento de obligaciones patronales recae siempre en el patron, no en el representante. Recomendamos contar con un poder notarial con facultades amplias para atender cualquier tipo de diligencia del IMSS.
Art. 5. Notificaciones del IMSS
Establece las reglas para que el Instituto practique notificaciones a los patrones y sujetos obligados, incluyendo los tipos de notificacion y los requisitos de validez.
Art. 7. Supletoriedad normativa
Establece el orden de aplicacion supletoria de las normas juridicas para los casos no previstos expresamente en el Reglamento, incluyendo la Ley del Seguro Social, el CFF y el derecho comun.
Nuestros especialistas pueden analizar cómo aplica esta disposición a tu situación particular.
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