RLSS

Artículo 205. Depositario de bienes embargados

Regula la designacion, obligaciones y responsabilidades del depositario de los bienes embargados dentro del procedimiento administrativo de ejecucion del IMSS.

depositariobienes-embargadosguardaresponsabilidad

Texto Legal

Articulo 205 — Depositario de Bienes Embargados

Los bienes embargados quedaran bajo la guarda de un depositario designado por el ejecutor del Instituto, quien podra ser el propio patron, un tercero o el Instituto.

Obligaciones del depositario

El depositario tendra la obligacion de conservar los bienes en el estado en que se encuentren, no disponer de ellos y entregarlos cuando le sea requerido por el Instituto.

Responsabilidad

El depositario que disponga de los bienes, los deteriore o no los entregue cuando le sea requerido, sera responsable de los danos y perjuicios causados, sin perjuicio de las responsabilidades penales que correspondan.

Análisis SDV Asesores

Interpretación práctica por el equipo de SDV

SDV Asesores: El patron puede ser designado como depositario de sus propios bienes embargados, lo que le permite continuar utilizandolos para la operacion de su negocio bajo ciertas condiciones. Sin embargo, debe tener cuidado de no disponer de los bienes ni deteriorarlos, ya que esto puede generar responsabilidades civiles e incluso penales. Es recomendable documentar el estado de los bienes al momento del embargo como evidencia de su conservacion.

Preguntas Frecuentes

¿Qué establece el Artículo 205 del RLSS?

Regula la designacion, obligaciones y responsabilidades del depositario de los bienes embargados dentro del procedimiento administrativo de ejecucion del IMSS.

¿Cuál es la importancia práctica del Artículo 205 de la Reglamento LSS?

SDV Asesores: El patron puede ser designado como depositario de sus propios bienes embargados, lo que le permite continuar utilizandolos para la operacion de su negocio bajo ciertas condiciones. Sin embargo, debe tener cuidado de no disponer de los bienes ni deteriorarlos, ya que esto puede generar responsabilidades civiles e incluso penales. Es recomendable documentar el estado de los bienes al momento del embargo como evidencia de su conservacion.

¿Necesitas asesoría sobre el Art. 205 del RLSS?

Nuestros especialistas pueden analizar cómo aplica esta disposición a tu situación particular.

Consulta Sin Costo
SDV

SDV

Consulta el Art. 205 RLSS desde tu celular