RLISR

Artículo 82. Contabilidad especifica del regimen de grupo

Regula el tratamiento fiscal de contabilidad especifica del regimen de grupo, incluyendo los requisitos de documentacion, los plazos y las condiciones establecidas conforme a el articulo 69 de la Ley.

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Texto Legal

Articulo 82 — Contabilidad especifica del regimen de grupo

Para los efectos de el articulo 69 de la Ley, se observaran las siguientes disposiciones:

I. Contabilidad separada

Para los efectos del regimen opcional de grupos de sociedades, se regulan las disposiciones relativas a contabilidad separada aplicables a la sociedad integradora y sus integradas.

II. Registros del grupo

Se establecen las reglas para registros del grupo, que deberan observar tanto la sociedad integradora como las sociedades integradas del grupo.

III. Conciliacion intercompania

El procedimiento para conciliacion intercompania se llevara a cabo conforme a las reglas especificas del regimen de grupo.

IV. Papeles de trabajo

Las disposiciones relativas a papeles de trabajo se aplicaran considerando la participacion accionaria de la integradora en cada integrada.

V. Conservacion de documentos

La sociedad integradora sera responsable de conservacion de documentos del grupo ante la autoridad fiscal.

Análisis SDV Asesores

Interpretación práctica por el equipo de SDV

La contabilidad especifica del regimen de grupo debe permitir identificar las operaciones intercompania y los ajustes de consolidacion. SDV Asesores recomienda implementar sistemas contables que generen automaticamente la informacion requerida por el SAT. La falta de registros adecuados dificulta la comprobacion de los beneficios fiscales obtenidos por el grupo.

Preguntas Frecuentes

¿Qué establece el Artículo 82 del RLISR?

Regula el tratamiento fiscal de contabilidad especifica del regimen de grupo, incluyendo los requisitos de documentacion, los plazos y las condiciones establecidas conforme a el articulo 69 de la Ley.

¿Cuál es la importancia práctica del Artículo 82 de la Reglamento LISR?

La contabilidad especifica del regimen de grupo debe permitir identificar las operaciones intercompania y los ajustes de consolidacion. SDV Asesores recomienda implementar sistemas contables que generen automaticamente la informacion requerida por el SAT. La falta de registros adecuados dificulta la comprobacion de los beneficios fiscales obtenidos por el grupo.

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