Regula las disposiciones reglamentarias del estimulo fiscal por gastos e inversiones en investigacion y desarrollo de tecnologia, incluyendo los montos, procedimientos de autorizacion y los proyectos elegibles.
Para los efectos del estimulo fiscal por gastos e inversiones en investigacion y desarrollo de tecnologia, se observara lo siguiente:
El estimulo consistira en un credito fiscal equivalente al 30% de los gastos e inversiones realizados en el ejercicio en investigacion y desarrollo de tecnologia, sin que el estimulo exceda de $50,000,000.00 por contribuyente en cada ejercicio.
Se consideran gastos e inversiones elegibles:
- Sueldos y salarios del personal directamente involucrado en actividades de investigacion y desarrollo
- Adquisicion de materiales e insumos destinados exclusivamente a proyectos de investigacion
- Inversiones en equipo e infraestructura utilizada exclusivamente para investigacion y desarrollo
- Pagos por concepto de propiedad intelectual necesaria para el desarrollo del proyecto
- Gastos de certificacion y pruebas de laboratorio
Los contribuyentes deberan presentar ante el Comite Interinstitucional formado por CONACYT, la Secretaria de Economia, la Secretaria de Hacienda y el SAT, los proyectos de investigacion para su evaluacion y autorizacion.
Los contribuyentes deberan conservar:
- El proyecto de investigacion autorizado
- Los comprobantes fiscales de los gastos e inversiones
- Los reportes de avance del proyecto
- La documentacion que acredite los resultados obtenidos
El credito fiscal podra aplicarse contra el impuesto del ejercicio en que se realicen los gastos y en los diez ejercicios siguientes, hasta agotarlo.
Interpretación práctica por el equipo de SDV
El estimulo por investigacion y desarrollo tecnologico permite acreditar contra el ISR los gastos e inversiones en proyectos de I+D. SDV Asesores destaca que este estimulo es uno de los mas relevantes para empresas innovadoras y tiene un procedimiento de autorizacion especifico ante el CONACYT. Los proyectos deben cumplir con criterios tecnicos de innovacion y la comprobacion de gastos debe ser rigurosa.
Art. 297. Estimulos fiscales - Disposiciones generales
Establece las disposiciones generales relativas a los estimulos fiscales previstos en la Ley del ISR, incluyendo los requisitos para su aplicacion, los procedimientos de acreditamiento y las obligaciones de los beneficiarios.
Art. 309. Estimulo por contratacion de personas con discapacidad y adultos mayores
Regula el estimulo fiscal otorgado a los contribuyentes que contraten personas con discapacidad motriz o adultos mayores, detallando el monto del estimulo, los requisitos de la relacion laboral y las obligaciones del patron.
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