RLISR

Artículo 250. RESICO - Declaracion anual y obligaciones

Regula las obligaciones anuales de los contribuyentes del RESICO, incluyendo la presentacion de la declaracion anual, las reglas para la determinacion del impuesto del ejercicio y las causales de salida del regimen.

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Texto Legal

Articulo 250 — RESICO: Declaracion Anual y Obligaciones

Los contribuyentes del RESICO tendran las siguientes obligaciones anuales:

I. Declaracion anual

Presentaran su declaracion anual a mas tardar en el mes de abril del ano siguiente al ejercicio fiscal. En la declaracion se determinara el impuesto del ejercicio aplicando al total de ingresos efectivamente cobrados en el ano la tabla anual correspondiente.

II. Tabla anual


Ingreso anual (hasta)Tasa
$300,000.00**1.00%**
$600,000.00**1.10%**
$1,000,000.00**1.50%**
$2,500,000.00**2.00%**
$3,500,000.00**2.50%**

III. Acreditamiento de pagos mensuales

Contra el impuesto del ejercicio se acreditaran los pagos provisionales mensuales efectuados durante el ano. Si los pagos provisionales exceden el impuesto del ejercicio, la diferencia podra solicitarse en devolucion o compensarse.

IV. Causales de salida del regimen

Los contribuyentes dejaran de tributar en el RESICO cuando:

- Sus ingresos en el ejercicio excedan de $3,500,000.00
- No emitan CFDI por sus operaciones en mas de tres ocasiones en un ejercicio
- No presenten sus declaraciones mensuales en el plazo previsto, por tres o mas periodos consecutivos o seis alternados
- No presenten su declaracion anual

V. Consecuencias de la salida

Los contribuyentes que dejen de tributar en el RESICO deberan hacerlo conforme al regimen general de actividades empresariales y profesionales a partir del ejercicio siguiente, sin que puedan regresar al RESICO en los tres ejercicios fiscales posteriores.

Análisis SDV Asesores

Interpretación práctica por el equipo de SDV

La declaracion anual del RESICO tiene requisitos especificos de informacion y plazos de presentacion que difieren del regimen general. SDV Asesores destaca que la declaracion anual es el momento en que se determina el ISR definitivo del ejercicio y se aplican las deducciones personales. La presentacion oportuna y completa es condicion para la permanencia en el regimen.

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Preguntas Frecuentes

¿Qué establece el Artículo 250 del RLISR?

Regula las obligaciones anuales de los contribuyentes del RESICO, incluyendo la presentacion de la declaracion anual, las reglas para la determinacion del impuesto del ejercicio y las causales de salida del regimen.

¿Cuál es la importancia práctica del Artículo 250 de la Reglamento LISR?

La declaracion anual del RESICO tiene requisitos especificos de informacion y plazos de presentacion que difieren del regimen general. SDV Asesores destaca que la declaracion anual es el momento en que se determina el ISR definitivo del ejercicio y se aplican las deducciones personales. La presentacion oportuna y completa es condicion para la permanencia en el regimen.

¿Qué herramientas de cálculo se relacionan con el Art. 250 RLISR?

Para aplicar lo dispuesto en el Artículo 250 del RLISR, SDV Asesores pone a tu disposición las siguientes herramientas: Calculadora ISR RESICO. Estas calculadoras te permiten realizar los cálculos fiscales correspondientes de forma rápida y precisa.

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