RLISR

Artículo 174. Aportaciones complementarias de retiro deducibles

Precisa las condiciones y reglas aplicables a aportaciones complementarias de retiro deducibles, conforme a las disposiciones de el articulo 151 fraccion V de la Ley, incluyendo los requisitos formales correspondientes.

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Texto Legal

Articulo 174 — Aportaciones complementarias de retiro deducibles

Para los efectos de el articulo 151 fraccion V de la Ley, se observaran las siguientes disposiciones:

I. Concepto deducible

Para los efectos de las deducciones personales, se precisan las reglas relativas a aportaciones complementarias de retiro deducibles conforme al articulo 151 de la Ley.

II. Requisitos de comprobacion

La deduccion procedera cuando se cuente con el CFDI correspondiente y el pago se efectue por medios electronicos.

III. Beneficiarios

La deduccion aplica para erogaciones realizadas a favor del contribuyente, su conyuge o concubino, ascendientes o descendientes en linea recta.

IV. Limite de deduccion

El monto deducible estara sujeto a los limites especificos del concepto y al limite global de deducciones personales.

V. Declaracion anual

Las deducciones personales se aplicaran exclusivamente en la declaracion anual del ejercicio correspondiente.

Análisis SDV Asesores

Interpretación práctica por el equipo de SDV

Las aportaciones complementarias de retiro a subcuentas de retiro, cesantia y vejez son deducibles hasta el 10% del ingreso acumulable o 5 UMAs anuales. SDV Asesores destaca que este estimulo busca incentivar el ahorro para el retiro y representa una oportunidad de planeacion fiscal para personas fisicas de altos ingresos. Las aportaciones deben realizarse en la cuenta individual del contribuyente en una AFORE.

Preguntas Frecuentes

¿Qué establece el Artículo 174 del RLISR?

Precisa las condiciones y reglas aplicables a aportaciones complementarias de retiro deducibles, conforme a las disposiciones de el articulo 151 fraccion V de la Ley, incluyendo los requisitos formales correspondientes.

¿Cuál es la importancia práctica del Artículo 174 de la Reglamento LISR?

Las aportaciones complementarias de retiro a subcuentas de retiro, cesantia y vejez son deducibles hasta el 10% del ingreso acumulable o 5 UMAs anuales. SDV Asesores destaca que este estimulo busca incentivar el ahorro para el retiro y representa una oportunidad de planeacion fiscal para personas fisicas de altos ingresos. Las aportaciones deben realizarse en la cuenta individual del contribuyente en una AFORE.

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