RLISR

Artículo 17. Ingresos acumulables de personas morales

Desarrolla las disposiciones relativas a los ingresos acumulables de personas morales, precisando las reglas para determinar el momento de acumulacion y los diferentes tipos de ingresos que deben considerarse para el calculo del ISR.

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Texto Legal

Articulo 17 — Ingresos Acumulables de Personas Morales

Para los efectos del Titulo II de la Ley, las personas morales acumularan la totalidad de los ingresos en efectivo, en bienes, en servicio, en credito o de cualquier otro tipo que obtengan en el ejercicio, conforme a las siguientes reglas:

I. Ingresos por enajenacion de bienes o prestacion de servicios

Se acumularan en la fecha en que se realice alguno de los supuestos previstos en el articulo 17 de la Ley:

- Se expida el comprobante fiscal digital por Internet (CFDI) que ampare el precio o la contraprestacion pactada.
- Se envie o entregue materialmente el bien, o se preste el servicio.
- Se cobre o sea exigible total o parcialmente el precio o la contraprestacion pactada, aun cuando provenga de anticipos.

II. Ingresos por otorgamiento del uso o goce temporal de bienes

Se acumularan conforme se devenguen las contraprestaciones a favor del contribuyente, independientemente de que estas hayan sido efectivamente cobradas.

III. Ingresos por contratos de obra

Tratandose de contratos de obra inmueble, los contribuyentes podran acumular los ingresos en la fecha en que se estimen autorizados los avances de obra, siempre que se cumplan los requisitos que para tal efecto establece este Reglamento.

IV. Ingresos derivados de deudas no cubiertas

Se acumularan los ingresos derivados de deudas no cubiertas por el contribuyente, en el mes en que se cumpla el plazo de prescripcion o en el mes en que se consuma la notoria imposibilidad practica de cobro, segun las disposiciones del Codigo Fiscal de la Federacion.

V. Ganancia cambiaria

La ganancia cambiaria devengada se acumulara conforme se devengue, con independencia de que la operacion de la cual deriva haya sido liquidada o no.

Documentacion comprobatoria

Los contribuyentes deberan documentar adecuadamente el momento de acumulacion de cada tipo de ingreso, conservando los registros contables y los CFDI correspondientes como soporte de sus declaraciones.

Análisis SDV Asesores

Interpretación práctica por el equipo de SDV

SDV Asesores de Negocio destaca que el momento de acumulacion es uno de los temas mas relevantes para la planeacion fiscal de personas morales. Un correcto entendimiento de estas reglas permite diferir legalmente la acumulacion de ingresos al cierre del ejercicio. Es fundamental que la contabilidad refleje con precision las fechas de acumulacion, ya que la autoridad fiscal verifica estos momentos en auditorias.

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Preguntas Frecuentes

¿Qué establece el Artículo 17 del RLISR?

Desarrolla las disposiciones relativas a los ingresos acumulables de personas morales, precisando las reglas para determinar el momento de acumulacion y los diferentes tipos de ingresos que deben considerarse para el calculo del ISR.

¿Cuál es la importancia práctica del Artículo 17 de la Reglamento LISR?

SDV Asesores de Negocio destaca que el momento de acumulacion es uno de los temas mas relevantes para la planeacion fiscal de personas morales. Un correcto entendimiento de estas reglas permite diferir legalmente la acumulacion de ingresos al cierre del ejercicio. Es fundamental que la contabilidad refleje con precision las fechas de acumulacion, ya que la autoridad fiscal verifica estos momentos en auditorias.

¿Qué herramientas de cálculo se relacionan con el Art. 17 RLISR?

Para aplicar lo dispuesto en el Artículo 17 del RLISR, SDV Asesores pone a tu disposición las siguientes herramientas: Calculadora ISR Personas Morales. Estas calculadoras te permiten realizar los cálculos fiscales correspondientes de forma rápida y precisa.

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