Establece las reglas para la determinacion de los efectos fiscales de las operaciones denominadas en moneda extranjera, incluyendo el tipo de cambio aplicable, la ganancia y perdida cambiaria.
Para los efectos de la Ley, las operaciones en moneda extranjera se valuaran conforme a lo siguiente:
Las operaciones en moneda extranjera se valuaran al tipo de cambio publicado en el Diario Oficial de la Federacion por el Banco de Mexico, vigente en la fecha de la operacion.
Se considerara ganancia cambiaria el ingreso que se genere por la fluctuacion de la moneda extranjera, la cual se acumulara en el momento en que se devengue conforme al tipo de cambio vigente.
La perdida cambiaria sera deducible conforme se devengue, determinandose por la diferencia entre el tipo de cambio vigente al momento de la operacion y el vigente al momento de su liquidacion.
Los saldos al cierre del ejercicio de creditos y deudas en moneda extranjera se valuaran al tipo de cambio vigente al 31 de diciembre, generando la ganancia o perdida cambiaria correspondiente.
Para las operaciones denominadas en dolares de los Estados Unidos de America, se utilizara el tipo de cambio publicado por el Banco de Mexico en el DOF del dia habil inmediato anterior a la fecha de la operacion.
Interpretación práctica por el equipo de SDV
Las operaciones en moneda extranjera deben convertirse al tipo de cambio aplicable en la fecha de acumulacion o deduccion, generando potenciales ganancias o perdidas cambiarias. SDV Asesores recomienda establecer politicas contables claras para el registro de operaciones en divisa. El uso de un tipo de cambio incorrecto es una observacion recurrente en auditorias del SAT.
Art. 1. Definiciones del Reglamento
Establece las definiciones aplicables al Reglamento de la Ley del ISR, incluyendo los conceptos de Ley, SAT, Secretaria y demas terminos tecnicos necesarios para la correcta interpretacion de sus disposiciones.
Art. 6. Acreditamiento del ISR pagado en el extranjero
Desarrolla las reglas para acreditar el impuesto sobre la renta pagado en el extranjero contra el ISR causado en Mexico, incluyendo los limites de acreditamiento, la documentacion requerida y los plazos aplicables.
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