RLIEPS

Artículo 8. Controles volumetricos para combustibles y bebidas alcoholicas

Regula la obligacion de instalar y operar controles volumetricos para contribuyentes que producen, almacenan o distribuyen combustibles y bebidas alcoholicas, asi como las especificaciones tecnicas aplicables.

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Texto Legal

Articulo 8 — Controles Volumetricos

Obligacion general

Los contribuyentes que produzcan, almacenen, distribuyan o enajenen combustibles automotrices, bebidas alcoholicas u otros bienes gravados cuya base se determine por volumen, deberan contar con equipos y programas informaticos de control volumetrico.

Especificaciones tecnicas

Los equipos de control volumetrico deberan:

- I. Medir y registrar automaticamente el volumen de los bienes producidos, recibidos, enajenados y existentes
- II. Generar reportes diarios de movimientos de inventario
- III. Contar con mecanismos que impidan la alteracion de los datos registrados
- IV. Estar certificados por un laboratorio acreditado conforme a la Ley Federal sobre Metrologia y Normalizacion

Transmision de informacion

Los contribuyentes obligados a contar con controles volumetricos deberan transmitir la informacion generada al SAT de manera mensual, en el formato y por los medios electronicos que dicha autoridad establezca.

Verificacion

El SAT podra verificar en cualquier momento el correcto funcionamiento de los equipos de control volumetrico, pudiendo requerir al contribuyente la correccion, reparacion o sustitucion de los equipos que presenten fallas o inconsistencias.

Análisis SDV Asesores

Interpretación práctica por el equipo de SDV

Los controles volumetricos son obligatorios para estaciones de servicio y productores de bebidas alcoholicas. En SDV Asesores de Negocio destacamos que el SAT utiliza estos controles para verificar la congruencia entre produccion, existencias y ventas, detectando posibles omisiones en el pago del IEPS.

Preguntas Frecuentes

¿Qué establece el Artículo 8 del RLIEPS?

Regula la obligacion de instalar y operar controles volumetricos para contribuyentes que producen, almacenan o distribuyen combustibles y bebidas alcoholicas, asi como las especificaciones tecnicas aplicables.

¿Cuál es la importancia práctica del Artículo 8 de la Reglamento LIEPS?

Los controles volumetricos son obligatorios para estaciones de servicio y productores de bebidas alcoholicas. En SDV Asesores de Negocio destacamos que el SAT utiliza estos controles para verificar la congruencia entre produccion, existencias y ventas, detectando posibles omisiones en el pago del IEPS.

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