Detalla las obligaciones especificas que deben cumplir los productores y fabricantes de bienes gravados por el IEPS, incluyendo registros, controles de produccion y reportes de volumen.
Los productores o fabricantes de bienes sujetos al pago del IEPS deberan inscribirse en el padron de contribuyentes de bebidas alcoholicas, de tabacos o de combustibles, segun corresponda, ante el SAT, dentro de los 30 dias habiles siguientes al inicio de sus actividades.
Los productores deberan llevar un sistema de control de produccion que permita identificar:
- I. El volumen de materia prima utilizada
- II. El volumen de producto terminado obtenido
- III. El volumen de mermas y desperdicios
- IV. El volumen de producto enajenado o destinado al autoconsumo
Los productores presentaran ante el SAT un informe trimestral que contenga el detalle de la produccion, ventas y existencias de los bienes gravados, a mas tardar dentro de los 20 dias habiles siguientes al trimestre que se reporta.
Los productores de bebidas alcoholicas y de combustibles deberan instalar y mantener en funcionamiento equipos de medicion y control volumetrico que cumplan con las especificaciones tecnicas que establezca el SAT mediante reglas de caracter general.
Los productores que enajenen bienes gravados a personas que no se encuentren inscritas en el Registro Federal de Contribuyentes seran responsables solidarios del impuesto que corresponda a dichas enajenaciones.
Interpretación práctica por el equipo de SDV
Los productores y fabricantes tienen obligaciones especiales de registro, control de inventarios y etiquetado. En SDV Asesores de Negocio asesoramos a empresas del sector sobre el cumplimiento de estas obligaciones, pues su incumplimiento puede generar la imposibilidad de comercializar los productos y multas significativas.
Art. 6. Solicitud y adherencia de marbetes y precintos
Regula el procedimiento para la solicitud, obtencion, adherencia y control de marbetes y precintos para bebidas alcoholicas, estableciendo los requisitos que deben cumplir productores e importadores.
Art. 7. Obligaciones de importadores de bienes gravados
Establece las obligaciones especificas para los importadores de bienes sujetos al IEPS, incluyendo el pago del impuesto en aduana, la obtencion de marbetes para bebidas alcoholicas importadas y los registros que deben llevar.
Art. 21. Obligaciones generales de los contribuyentes del IEPS
Enumera las obligaciones generales que deben cumplir todos los contribuyentes del IEPS, incluyendo inscripcion, contabilidad, declaraciones, expedicion de CFDI con desglose del impuesto y conservacion de documentacion.
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Art. 6. Solicitud y adherencia de marbetes y precintos
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