Reg_Diputados

Artículo 68. Turno para dictamen

Este artículo establece que el turno para efectos de dictamen se aplica a minutas, iniciativas y otros documentos que requieren elaboración de un dictamen por las comisiones.

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Texto Legal

1. El turno para efectos de dictamen, procederá para enviar a las comisiones ordinarias, las minutas, las iniciativas legislativas, las observaciones del Titular del Poder Ejecutivo Federal, las proposiciones y otros documentos que, de acuerdo a la Ley, requieran de la elaboración de un dictamen.

Análisis SDV Asesores

Interpretación práctica por el equipo de SDV

[IA] La claridad en el proceso de dictaminación es crucial para asegurar que los asuntos sean tratados de manera oportuna y eficiente.

Preguntas Frecuentes

¿Qué establece el Artículo 68 del Reg_Diputados?

Este artículo establece que el turno para efectos de dictamen se aplica a minutas, iniciativas y otros documentos que requieren elaboración de un dictamen por las comisiones.

¿Cuál es la importancia práctica del Artículo 68 de la REGLAMENTO de la Cámara de Diputados?

[IA] La claridad en el proceso de dictaminación es crucial para asegurar que los asuntos sean tratados de manera oportuna y eficiente.

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