Reg_Diputados

Artículo 48. Justificación de inasistencias

Las inasistencias pueden justificarse por enfermedad, maternidad, paternidad o cumplimiento de encomiendas. Este artículo detalla las causas aceptables para justificar ausencias.

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Texto Legal

1. Las inasistencias de las diputadas o de los diputados a las sesiones del Pleno podrán justificarse por las siguientes causas:

I. Enfermedad u otros motivos de salud,

II. Gestación, maternidad, y paternidad, y Fracción reformada DOF 08-05-2018

III. El cumplimiento de encomiendas autorizadas por el Pleno, la Junta, la Mesa Directiva, el Coordinador o alguna comisión a la que pertenezca.

2. Las solicitudes de justificación deberán presentarse ante la Mesa Directiva debidamente fundadas y contar con el visto bueno del Coordinador o representante autorizado.

3. Por ningún motivo se podrán justificar las inasistencias cuando se trate de asuntos de carácter personal, que no estén expresamente autorizadas por la Mesa Directiva.

Análisis SDV Asesores

Interpretación práctica por el equipo de SDV

[IA] Es importante que los diputados conozcan las causas válidas para justificar inasistencias y presenten la documentación adecuada para evitar problemas en su registro.

Preguntas Frecuentes

¿Qué establece el Artículo 48 del Reg_Diputados?

Las inasistencias pueden justificarse por enfermedad, maternidad, paternidad o cumplimiento de encomiendas. Este artículo detalla las causas aceptables para justificar ausencias.

¿Cuál es la importancia práctica del Artículo 48 de la REGLAMENTO de la Cámara de Diputados?

[IA] Es importante que los diputados conozcan las causas válidas para justificar inasistencias y presenten la documentación adecuada para evitar problemas en su registro.

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