Reg_Diputados

Artículo 152. Funciones de las Subcomisiones

Las subcomisiones son órganos auxiliares que facilitan el trabajo de las comisiones mediante la elaboración de predictámenes. Este artículo establece las bases para su creación y funcionamiento dentro del marco legislativo.

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Texto Legal

1. Las subcomisiones son órganos auxiliares de las comisiones que, a través de la elaboración de predictámenes contribuyen al desarrollo eficiente y oportuno de las responsabilidades de las comisiones.

2. Para el desarrollo de sus trabajos las comisiones podrán crear subcomisiones, las cuales durarán toda la legislatura y funcionarán con la asistencia de la mayoría de sus integrantes y bajo las siguientes bases:

I. Constituirse cuando menos con tres integrantes;

II. La cantidad de subcomisiones se determinará de acuerdo a las necesidades de cada comisión;

III. En la integración de las subcomisiones se procurará reflejar la misma representación plural que exista en el Pleno, y

IV. El Presidente de la Junta Directiva dará seguimiento y apoyo a los trabajos de las subcomisiones.

3. La Junta Directiva designará a los integrantes de las subcomisiones.

4. Los coordinadores de las subcomisiones serán designados por la mayoría simple en Reunión de la comisión, dando preferencia a los diputados y diputadas que tengan mayor experiencia en el tema objeto de la subcomisión y atendiendo la pluralidad representada en el Pleno. Numeral reformado DOF 20-04-2011

5. Los integrantes de las subcomisiones deberán:

I. Elaborar un predictamen, o en su caso, atender un asunto específico que se le haya turnado,

II. Convenir con el Presidente de la Junta Directiva los plazos de las tareas asignadas, y

III. Determinar el calendario de reuniones.

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6. Los documentos generados por los diputados o diputadas ponentes de las subcomisiones tendrán la nominación de predictámenes.

7. El predictamen será sometido a la consideración de los integrantes de la Subcomisión para su análisis, discusión y en su caso aprobación. Aprobado el predictamen, proyecto de resolución o el asunto específico, el Presidente de la Junta Directiva lo hará del conocimiento de sus integrantes y convocará, en los términos de este Reglamento, a Reunión de la comisión para su discusión.

8. Cuando la subcomisión no llegara a un acuerdo o no elabore un predictamen o proyecto para ponerlo a consideración de la Junta Directiva, ésta tendrá que resolver al respecto.

Sección Quinta Grupos de Trabajo

Análisis SDV Asesores

Interpretación práctica por el equipo de SDV

[IA] Las subcomisiones son esenciales para el análisis detallado de temas específicos. Los abogados deben estar atentos a su formación y funcionamiento, ya que pueden influir en el desarrollo de iniciativas legislativas.

Preguntas Frecuentes

¿Qué establece el Artículo 152 del Reg_Diputados?

Las subcomisiones son órganos auxiliares que facilitan el trabajo de las comisiones mediante la elaboración de predictámenes. Este artículo establece las bases para su creación y funcionamiento dentro del marco legislativo.

¿Cuál es la importancia práctica del Artículo 152 de la REGLAMENTO de la Cámara de Diputados?

[IA] Las subcomisiones son esenciales para el análisis detallado de temas específicos. Los abogados deben estar atentos a su formación y funcionamiento, ya que pueden influir en el desarrollo de iniciativas legislativas.

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