RCFF

Artículo 77. Multas por omision en el pago de contribuciones

Establece los montos y porcentajes de multas aplicables cuando los contribuyentes omiten el pago total o parcial de contribuciones, incluyendo los supuestos de agravamiento y los beneficios por autocorreccion.

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Texto Legal

Articulo 77 — Multas por Omision de Contribuciones

Multa general por omision

La omision total o parcial en el pago de contribuciones determinadas por la autoridad dara lugar a una multa del 55% al 75% de las contribuciones omitidas.

Agravamiento

La multa se incrementara del 100% al 150% cuando:

I. El contribuyente utilice comprobantes fiscales que amparen operaciones inexistentes.

II. Se manifiesten datos falsos en las declaraciones.

III. Se omita reiteradamente el pago de contribuciones durante mas de un ejercicio fiscal.

Reduccion por autocorreccion

Las multas se reduciran cuando el contribuyente corrija su situacion fiscal:

I. Reduccion del 50% si la correccion se realiza despues del inicio de las facultades de comprobacion pero antes de la notificacion del acta final o de la resolucion provisional.

II. Reduccion del 40% si la correccion se realiza despues de la notificacion del acta final pero antes de la emision de la liquidacion.

Pago espontaneo

No se impondra multa cuando el contribuyente pague de forma espontanea las contribuciones omitidas con su actualizacion y recargos antes de que la autoridad lo descubra.

Calculo

La multa se calculara sobre el monto de las contribuciones omitidas actualizadas, sin incluir los recargos ni la propia actualizacion en la base de calculo.

Análisis SDV Asesores

Interpretación práctica por el equipo de SDV

Este articulo sobre las multas por omision de contribuciones detalla los porcentajes aplicables y los supuestos de agravamiento. SDV destaca que la autocorreccion antes de la resolucion definitiva permite obtener reducciones significativas. La planeacion de la estrategia de defensa debe considerar el impacto economico de las multas y evaluar la conveniencia de la autocorreccion.

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Preguntas Frecuentes

¿Qué establece el Artículo 77 del RCFF?

Establece los montos y porcentajes de multas aplicables cuando los contribuyentes omiten el pago total o parcial de contribuciones, incluyendo los supuestos de agravamiento y los beneficios por autocorreccion.

¿Cuál es la importancia práctica del Artículo 77 de la Reglamento CFF?

Este articulo sobre las multas por omision de contribuciones detalla los porcentajes aplicables y los supuestos de agravamiento. SDV destaca que la autocorreccion antes de la resolucion definitiva permite obtener reducciones significativas. La planeacion de la estrategia de defensa debe considerar el impacto economico de las multas y evaluar la conveniencia de la autocorreccion.

¿Qué herramientas de cálculo se relacionan con el Art. 77 RCFF?

Para aplicar lo dispuesto en el Artículo 77 del RCFF, SDV Asesores pone a tu disposición las siguientes herramientas: Calculadora de Recargos. Estas calculadoras te permiten realizar los cálculos fiscales correspondientes de forma rápida y precisa.

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