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Artículo 984. Mando en fuerzas concurrentes

En fuerzas navales con varios Oficiales Generales, el más antiguo asumirá el mando de armas y económico. Esta norma es esencial para evitar conflictos de autoridad.

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Texto Legal

Si en las fuerzas que expresa el artículo anterior concurrieren varios Oficiales Generales, el más antiguo o caracterizado tomará el mando de armas y económico, si la Secretaría respectiva no hubiere ordenado con anterioridad en quién debe recaer.

Análisis SDV Asesores

Interpretación práctica por el equipo de SDV

[IA] La claridad en el mando entre oficiales generales previene disputas y asegura una respuesta coordinada en situaciones de emergencia. Es importante que todos los oficiales conozcan esta regla.

Preguntas Frecuentes

¿Qué establece el Artículo 984 del 218?

En fuerzas navales con varios Oficiales Generales, el más antiguo asumirá el mando de armas y económico. Esta norma es esencial para evitar conflictos de autoridad.

¿Cuál es la importancia práctica del Artículo 984 de la ORDENANZA de la Armada?

[IA] La claridad en el mando entre oficiales generales previene disputas y asegura una respuesta coordinada en situaciones de emergencia. Es importante que todos los oficiales conozcan esta regla.

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