Los efectos que pertenecen a la Armada no pueden ser vendidos o rematados sin la autorización de la Secretaría correspondiente. Este control asegura la protección de los bienes nacionales.
Los efectos pertenecientes a la Armada, que son de propiedad de la Nación, no se rematarán ni venderán, sin autorización previa de la Secretaría del ramo e intervención de la de Hacienda.
Interpretación práctica por el equipo de SDV
[IA] Es importante que los oficiales estén al tanto de este procedimiento para evitar acciones ilegales. La falta de autorización puede acarrear responsabilidades administrativas y penales.
Nuestros especialistas pueden analizar cómo aplica esta disposición a tu situación particular.
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