Este articulo establece la responsabilidad de cuidar la correcta recepcion y estiba de los articulos y piezas de respeto antes de la salida del buque. Se enfatiza la importancia de entregar los pertrechos no necesarios al almacén respectivo.
Cuidará que los artículos y piezas de respeto pertenecientes a su cargo, sean recibidos y estibados con la debida anticipación a la salida del buque, para que cada objeto se halle en su lugar y no ofrezca dificultad tomarlo cuando se necesite, teniendo cuidado de que los pertrechos que no fueren necesarios en el viaje se entreguen al almacén respectivo.
Interpretación práctica por el equipo de SDV
[IA] Es crucial para los oficiales asegurarse de que todos los pertrechos estén listos antes de zarpar, ya que esto evita retrasos y problemas operativos durante la navegación.
Anterior
Art. 885. Reportes de accidentes en maquinas
Siguiente
Art. 887. Manejo de la maquina en maniobras
Nuestros especialistas pueden analizar cómo aplica esta disposición a tu situación particular.
Consulta Sin Costo