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Artículo 883. Autorizacion para trabajos prolongados

Se requiere autorización del Comandante para realizar trabajos que excedan dos horas. Esto asegura que se mantenga el control sobre las operaciones a bordo.

autorizaciontrabajoscomandante

Texto Legal

Previo aviso al Oficial de guardia, podrá disponer en circunstancias normales las reparaciones, limpieza, reconocimientos, achique o cualquiera otra operación en las máquinas, cuya duración no pase de dos horas; pero sin permiso del Comandante no podrá emprender otros trabajos, encender los hornos o desarmar piezas de entidad que requieran más tiempo que el prefijado y que no permitan ponerse en inmediato movimiento. Cuando, previa la competente autorización, se haya de montar o desarmar una pieza de importancia, deberá presenciar y dirigir los trabajos.

Análisis SDV Asesores

Interpretación práctica por el equipo de SDV

[IA] Respetar los tiempos de autorización es crucial para la seguridad y el control de operaciones. Mantenga un registro de las autorizaciones para auditorías.

Preguntas Frecuentes

¿Qué establece el Artículo 883 del 218?

Se requiere autorización del Comandante para realizar trabajos que excedan dos horas. Esto asegura que se mantenga el control sobre las operaciones a bordo.

¿Cuál es la importancia práctica del Artículo 883 de la ORDENANZA de la Armada?

[IA] Respetar los tiempos de autorización es crucial para la seguridad y el control de operaciones. Mantenga un registro de las autorizaciones para auditorías.

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