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Artículo 841. Responsabilidad en la administracion de medicamentos

Los encargados de la administracion de medicamentos deben seguir las instrucciones del Médico y son responsables de cualquier infraccion, salvo que demuestren error en las prescripciones. No se despacharan recetas sin firma y fecha.

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Texto Legal

Prepararán personalmente los medicamentos recetados por el Médico de quien dependan y vigilarán su administración a los enfermos, observando el mayor esmero para cumplir las instrucciones que a cada uno prescriba el propio Médico y siendo responsables de cualquiera infracción que cometan, a menos que comprueben error en las prescripciones. No despacharán receta que no lleve la firma y fecha respectivas.

Análisis SDV Asesores

Interpretación práctica por el equipo de SDV

[IA] Es crucial que los encargados de la administracion de medicamentos mantengan un registro riguroso de las recetas y su cumplimiento. Esto no solo protege la salud de los enfermos, sino que también minimiza riesgos legales.

Preguntas Frecuentes

¿Qué establece el Artículo 841 del 218?

Los encargados de la administracion de medicamentos deben seguir las instrucciones del Médico y son responsables de cualquier infraccion, salvo que demuestren error en las prescripciones. No se despacharan recetas sin firma y fecha.

¿Cuál es la importancia práctica del Artículo 841 de la ORDENANZA de la Armada?

[IA] Es crucial que los encargados de la administracion de medicamentos mantengan un registro riguroso de las recetas y su cumplimiento. Esto no solo protege la salud de los enfermos, sino que también minimiza riesgos legales.

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