En caso de un abordaje entre un buque de la Armada y otro mercante, se debe nombrar una comisión imparcial para examinar los daños y determinar responsabilidades.
Si el abordaje ocurriere entre un buque de la Armada y otro mercante, sin que se puedan reparar las averías ocasionadas con los elementos disponibles, nombrará una comisión de tres Oficiales que no hubieren estado de guardia, para que, siendo enteramente imparciales en el asunto, practiquen un minucioso examen al buque averiado, inquieran si se ha cumplido con las prevenciones del Reglamento para evitar abordajes en la mar, levanten información circunstanciada de lo acaecido, y valúen las reparaciones para el caso en que se entablare reclamación de daños y perjuicios.
ORDENANZA GENERAL DE LA ARMADA CÁMARA DE DIPUTADOS DEL H. CONGRESO DE LA UNIÓN Última Reforma DOF 19-10-2000 Secretaría General Secretaría de Servicios Parlamentarios
Interpretación práctica por el equipo de SDV
[IA] La creación de una comisión imparcial es esencial para resolver disputas de manera justa. Esto ayuda a mantener la integridad y la confianza en las operaciones navales.
Nuestros especialistas pueden analizar cómo aplica esta disposición a tu situación particular.
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