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Artículo 766. Señales en combate

El artículo establece que en combate, un buque no debe atacar al enemigo sin la señal del Jefe correspondiente. También prohíbe abandonar el combate para hacer presa sin orden previa.

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Texto Legal

En combate y navegando en Escuadra o División, no atacará al enemigo, hasta que se le haga la señal respectiva por el Jefe de quien dependa, ni tampoco abandonará el combate para hacer alguna presa, sin orden previa.

Análisis SDV Asesores

Interpretación práctica por el equipo de SDV

[IA] Es crucial que los comandantes comprendan la importancia de seguir las señales en combate para evitar confusiones y desorganización. La disciplina en la ejecución de órdenes es fundamental para el éxito en operaciones navales.

Preguntas Frecuentes

¿Qué establece el Artículo 766 del 218?

El artículo establece que en combate, un buque no debe atacar al enemigo sin la señal del Jefe correspondiente. También prohíbe abandonar el combate para hacer presa sin orden previa.

¿Cuál es la importancia práctica del Artículo 766 de la ORDENANZA de la Armada?

[IA] Es crucial que los comandantes comprendan la importancia de seguir las señales en combate para evitar confusiones y desorganización. La disciplina en la ejecución de órdenes es fundamental para el éxito en operaciones navales.

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