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Artículo 737. Provisión mínima a bordo

Se establece que no se debe zarpar sin al menos un mes de provisiones a bordo. Esta regla es fundamental para garantizar la seguridad y el bienestar de la tripulación durante la navegación.

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Texto Legal

Por regla general, no se hará a la mar sin tener a bordo por lo menos un mes de provisiones, para su dotación completa.

Análisis SDV Asesores

Interpretación práctica por el equipo de SDV

[IA] Asegurarse de contar con suficientes provisiones es esencial para evitar situaciones de emergencia. Los comandantes deben planificar adecuadamente las necesidades de la tripulación.

Preguntas Frecuentes

¿Qué establece el Artículo 737 del 218?

Se establece que no se debe zarpar sin al menos un mes de provisiones a bordo. Esta regla es fundamental para garantizar la seguridad y el bienestar de la tripulación durante la navegación.

¿Cuál es la importancia práctica del Artículo 737 de la ORDENANZA de la Armada?

[IA] Asegurarse de contar con suficientes provisiones es esencial para evitar situaciones de emergencia. Los comandantes deben planificar adecuadamente las necesidades de la tripulación.

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