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Artículo 708. Precauciones en el manejo de pólvora

El artículo enfatiza la necesidad de tomar precauciones al abrir pañoles de pólvora y otros materiales inflamables. Se busca prevenir siniestros que puedan comprometer la seguridad del buque y su tripulación.

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Texto Legal

Tendrá especial cuidado de que al abrirse los pañoles de pólvora, granadas, artificios o licores, se tomen todas las precauciones posibles para evitar un siniestro que pudiera ocasionarse por el descuido de los nombrados para estas faenas tan delicadas. Igualmente cuidará que los proyectiles, pólvora, espoletas, y demás materias inflamables o explosivas, se hallen siempre en sus respectivos pañoles, y por ninguna causa en las baterías o cubiertas, salvo lo expresado en el artículo 764.

Análisis SDV Asesores

Interpretación práctica por el equipo de SDV

[IA] Es crucial que el personal a cargo de estas operaciones reciba capacitación adecuada en manejo de materiales peligrosos para minimizar riesgos.

Preguntas Frecuentes

¿Qué establece el Artículo 708 del 218?

El artículo enfatiza la necesidad de tomar precauciones al abrir pañoles de pólvora y otros materiales inflamables. Se busca prevenir siniestros que puedan comprometer la seguridad del buque y su tripulación.

¿Cuál es la importancia práctica del Artículo 708 de la ORDENANZA de la Armada?

[IA] Es crucial que el personal a cargo de estas operaciones reciba capacitación adecuada en manejo de materiales peligrosos para minimizar riesgos.

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