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Artículo 68. Anotaciones en hojas de servicios

Se debe anotar claramente los períodos de carenas de los buques en las hojas de servicios para facilitar el cómputo de servicios de bahía. Esto es esencial para el reconocimiento de tiempo de servicio.

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Texto Legal

En las hojas de servicios, cuya formación corresponde a los Detales conforme al artículo 60, se tendrá especial cuidado de anotar claramente los períodos de tiempo de carenas de los buques a que los interesados hayan pertenecido, para que se pueda computar con facilidad y precisión sus servicios de bahía.

Análisis SDV Asesores

Interpretación práctica por el equipo de SDV

[IA] La claridad en las anotaciones es vital para evitar confusiones en el cómputo de servicios. Se recomienda a los Detales prestar especial atención a este aspecto.

Preguntas Frecuentes

¿Qué establece el Artículo 68 del 218?

Se debe anotar claramente los períodos de carenas de los buques en las hojas de servicios para facilitar el cómputo de servicios de bahía. Esto es esencial para el reconocimiento de tiempo de servicio.

¿Cuál es la importancia práctica del Artículo 68 de la ORDENANZA de la Armada?

[IA] La claridad en las anotaciones es vital para evitar confusiones en el cómputo de servicios. Se recomienda a los Detales prestar especial atención a este aspecto.

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