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Artículo 651. Asistencia a reconocimientos

El Comandante y sus Oficiales deben asistir a reconocimientos y pruebas de la embarcación, anotando incidentes y enviando reportes a sus superiores. Esto es crucial para el control de calidad.

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Texto Legal

Asimismo asistirá con sus Oficiales a todo reconocimiento hecho con motivo de cumplimiento de plazo de pago, al acto de botarse la embarcación al agua, a la prueba de máquinas, calderas y aparejo, anotando con exactitud los incidentes ocurridos, pasando parte detallado de sus observaciones al inmediato superior, y formulando su opinión sobre el caso.

Análisis SDV Asesores

Interpretación práctica por el equipo de SDV

[IA] La asistencia a estos eventos es una oportunidad para que los comandantes muestren su compromiso con la calidad. Anotar incidentes puede ayudar a identificar áreas de mejora en futuros proyectos.

Preguntas Frecuentes

¿Qué establece el Artículo 651 del 218?

El Comandante y sus Oficiales deben asistir a reconocimientos y pruebas de la embarcación, anotando incidentes y enviando reportes a sus superiores. Esto es crucial para el control de calidad.

¿Cuál es la importancia práctica del Artículo 651 de la ORDENANZA de la Armada?

[IA] La asistencia a estos eventos es una oportunidad para que los comandantes muestren su compromiso con la calidad. Anotar incidentes puede ayudar a identificar áreas de mejora en futuros proyectos.

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