Al final del año fiscal, el oficial debe cerrar las hojas de servicios del personal de Oficiales para su remisión a la Secretaría de Guerra y Marina.
A fin de año fiscal, además de los documentos prevenidos en los dos artículos anteriores, cerrará las hojas de servicios del personal de Oficiales, desde Primer Teniente a Oficial de mar de primera, inclusive, y sus similares de los otros Cuerpos, para que el Comandante las remita a la Secretaría de Guerra y Marina. (Modelo número 11.)
TITULO DECIMO QUINTO Del Comandante
ORDENANZA GENERAL DE LA ARMADA CÁMARA DE DIPUTADOS DEL H. CONGRESO DE LA UNIÓN Última Reforma DOF 19-10-2000 Secretaría General Secretaría de Servicios Parlamentarios
Interpretación práctica por el equipo de SDV
[IA] El cierre de hojas de servicios es un proceso crítico para la evaluación del personal. Se sugiere llevar un control durante el año para facilitar este cierre.
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