Cada cuatro meses, el oficial debe formar estados generales de vestuario y equipo, así como de armamento marinero, para su remisión a la Secretaría.
Además de los documentos prescritos en el artículo anterior, formará cada cuatro meses, en los primeros días de noviembre, marzo y julio, un estado general de vestuario y equipo y un estado general de armamento marinero, para que el Comandante los remita a la Secretaría del ramo dentro de la primera quincena de los citados meses. (Modelo número 10.)
Interpretación práctica por el equipo de SDV
[IA] La elaboración de estados generales es fundamental para el control de recursos. Se recomienda realizar un seguimiento de los cambios en el inventario para facilitar esta tarea.
Nuestros especialistas pueden analizar cómo aplica esta disposición a tu situación particular.
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