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Artículo 642. Estados generales cada cuatro meses

Cada cuatro meses, el oficial debe formar estados generales de vestuario y equipo, así como de armamento marinero, para su remisión a la Secretaría.

estadosarmamentovestuario

Texto Legal

Además de los documentos prescritos en el artículo anterior, formará cada cuatro meses, en los primeros días de noviembre, marzo y julio, un estado general de vestuario y equipo y un estado general de armamento marinero, para que el Comandante los remita a la Secretaría del ramo dentro de la primera quincena de los citados meses. (Modelo número 10.)

Análisis SDV Asesores

Interpretación práctica por el equipo de SDV

[IA] La elaboración de estados generales es fundamental para el control de recursos. Se recomienda realizar un seguimiento de los cambios en el inventario para facilitar esta tarea.

Preguntas Frecuentes

¿Qué establece el Artículo 642 del 218?

Cada cuatro meses, el oficial debe formar estados generales de vestuario y equipo, así como de armamento marinero, para su remisión a la Secretaría.

¿Cuál es la importancia práctica del Artículo 642 de la ORDENANZA de la Armada?

[IA] La elaboración de estados generales es fundamental para el control de recursos. Se recomienda realizar un seguimiento de los cambios en el inventario para facilitar esta tarea.

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