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Artículo 601. Revista de policia diaria

Se establece que todos los días a las diez de la mañana se realizará una revista de policía en los departamentos del buque. El Comandante será informado de cualquier defecto observado durante esta revisión.

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Texto Legal

Todos los días, a las diez de la mañana, pasará una revista de policía en los diferentes departamentos del buque, avisando al Comandante los defectos que note.

Análisis SDV Asesores

Interpretación práctica por el equipo de SDV

[IA] La revista de policía es fundamental para mantener la operatividad del buque. Es recomendable que se lleve un registro detallado de los defectos encontrados para su seguimiento.

Preguntas Frecuentes

¿Qué establece el Artículo 601 del 218?

Se establece que todos los días a las diez de la mañana se realizará una revista de policía en los departamentos del buque. El Comandante será informado de cualquier defecto observado durante esta revisión.

¿Cuál es la importancia práctica del Artículo 601 de la ORDENANZA de la Armada?

[IA] La revista de policía es fundamental para mantener la operatividad del buque. Es recomendable que se lleve un registro detallado de los defectos encontrados para su seguimiento.

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