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Artículo 578. Diferencias en recepcion

Cualquier diferencia entre la factura y lo recibido debe ser comunicada al Comandante para investigar la causa. Este procedimiento es clave para mantener la integridad de los inventarios.

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Texto Legal

Si hubiere diferencia entre lo que indica la factura y lo que se reciba, se comunicará al Comandante para que se proceda a investigar la causa antes de otorgar el recibo. Estando de conformidad, se anotará en el libro de inventarios, como queda dicho, con expresión de la fecha y casa remitente, para resolver cualquiera duda que ocurra.

Análisis SDV Asesores

Interpretación práctica por el equipo de SDV

[IA] Los Oficiales deben actuar con rapidez ante cualquier discrepancia para evitar problemas mayores en la gestión de recursos.

Preguntas Frecuentes

¿Qué establece el Artículo 578 del 218?

Cualquier diferencia entre la factura y lo recibido debe ser comunicada al Comandante para investigar la causa. Este procedimiento es clave para mantener la integridad de los inventarios.

¿Cuál es la importancia práctica del Artículo 578 de la ORDENANZA de la Armada?

[IA] Los Oficiales deben actuar con rapidez ante cualquier discrepancia para evitar problemas mayores en la gestión de recursos.

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