El tiempo de licencia por enfermedad no se deducirá de los servicios, a menos que la enfermedad sea resultado del alcoholismo, en cuyo caso sí se descontará.
No se deducirá de los servicios y antigüedad el tiempo que se hubiere hecho uso de licencia por enfermedad; pero si ésta hubiere sido contraída a consecuencia del alcoholismo, se deducirá de los servicios y antigüedad el tiempo que se hubiere empleado en la curación.
Interpretación práctica por el equipo de SDV
[IA] Los contadores deben estar atentos a las circunstancias de las licencias por enfermedad para asegurar que se respeten los derechos de los miembros de la Armada.
Nuestros especialistas pueden analizar cómo aplica esta disposición a tu situación particular.
Consulta Sin Costo